DE PLENO DERECHO
El artículo 97 de la Ley 31 de 2010 señaló que todos los Reglamentos de Copropiedad aprobados al amparo de la legislación anterior continuarán vigentes en lo que no sea contrario a la presente Ley. Concedió plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la Ley (18 de julio de 2010) […]